Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables ¿Qué es y a quién afecta?

Publicado el 24/01/2023

El pasado 1 de enero del 2023 entró en vigor la nueva Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados con el objetivo de establecer medidas fiscales para incentivar la Economía Circular y reducir el impacto de determinados envases de plástico en el medioambiente.

¿Qué es y a quién afecta?

Esta nueva Ley establece un impuesto especial de 0,45€/kg de plástico virgen sobre los envases de plástico no reutilizables. Esta ley define como envase atodos los artículos diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, salvo que dichos artículos formen parte integrante de un producto y sean necesarios para contener, sustentar o preservar dicho producto durante toda su vida útil y todos sus elementos que estén destinados a ser usados, consumidos o eliminados conjuntamente”.

Además, esta ley clasifica como envases no reutilizables a aquellos que “no han sido concebidos diseñados y comercializados pare realizar múltiples circuitos o rotaciones a lo largo de su ciclo de vida o para ser rellenados para el mismo fin para el que fueron diseñados”.

¿A qué productos grava?

  • A los envases no reutilizables que contengan plástico virgen.
  • A los productos plásticos semielaborados destinados a la obtención de los envases referenciados anteriormente.
  • A los productos que contengan plástico virgen destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.

Principales sectores afectados

  • Tapas y tapones de envases
  • Mallas o redes
  • Láminas para la protección de pantallas.
  • Anillas de plástico
  • Cinta de embalaje
  • Film protector
  • Aplicadores de productos cosméticos
  • Envases monodosis
  • Cajas o estuches que contengan un único producto o surtido de productos
  • Envoltorios
  • Botellas, bidones y garrafas

Cuando se efectuará el pago de este impuesto

  • Fabricación: en el momento en el que se realice la primera entrega de estos envases no reutilizables. En este caso, las facturas tendrán que reflejar la cantidad de plástico no reciclado en kg y la cuota repercutida.
  • Importación: en el momento en el que tenga lugar el devengo de los derechos de la importación.
  • Adquisición intracomunitaria de bienes: el día 15 del mes siguiente a aquel en que se inicie la expedición de los bienes con destino al adquiriente salvo que se expida factura con anterioridad.

Productos exentos

  • Envases reutilizables
  • Productos para usos médicos.
  • Productos agrícolas.
  • Franquicia de 5kg/mes.

 

Naeco y sus productos

En Naeco contamos con nuestro equipo de Naeco Research, el cual está especializado en el Ecodiseño para que todos nuestros productos sean 100% reutilizables y 100% reciclables al final de su vida útil.

Para identificar con facilidad los productos que sí cumplen con la normativa 7/2022 y por tanto están exentos de este impuesto al plástico, en Naeco hemos actualizado nuestra ECOETIQUETA.

Nuestra Ecoetiqueta identifica si el producto está fabricado con material reciclado y en qué %, y de si es un producto reutilizable. Esta información ya está disponible en todos nuestros productos, tanto de la web como del catálogo.

Para obtener más información sobre la Ecoetiqueta de Naeco y el símbolo reutilizable:  https://naeco.com/es/info/sostenibilidad/